RENOVACIÓN PLANILLA DE CONTROL DE TRABAJO
Las empresas que tengan trabajadores en régimen de dependencia, incluidos dentro del ámbito de afiliación de la Caja de Jubiliaciones y Pensiones Bancarias, Caja Notarial de Seguridad Social y/o Caja de Jubilaciones y Pensiones Profesionales Universitarios, deberán renovar con carácter general y en forma anual la Planilla de Control de trabajo.
PLAZOS PARA SOLICITUDES DE LICENCIA DE LA CONSTRUCCIÓN
Celebrado el convenio de licencia entre el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (SUNCA), la Cámara de la Construcción del Uruguay, la Liga de la Construcción del Uruguay, la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay y la Coordinadora de la Industria de la Construcción del Este, se establecen los dos períodos de licencia de la construcción, así como la fecha límite de presentación de la solicitud de excepciones para trabajar en dicho período:
PRIMER PERIODO DE LICENCIA DE LA CONSTRUCCIÓN:
Entre el 24 de diciembre del 2021 y el 11 de enero del 2022 inclusive (14 días).
SEGUNDO PERIODO DE LICENCIA DE LA CONSTRUCCIÓN:
Desde el 11 hasta el 16 de abril del 2022 inclusive (6 días).
En el caso del Grupo 9, Subgrupo 01, Industria de la Construcción, el plazo límite para la presentación de solicitudes ante la Inspección General de Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS) para trabajar en el primer período es el 5 de noviembre del 2021 inclusive. En tanto que para el Grupo 09, Subgrupo 02-03, Hormigón Prefabricado y Premezclado, el plazo para presentar las solicitudes para trabajar durante la licencia se extiende hasta el 6 de diciembre de 2021 inclusive.
PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA JÓVENES, MAYORES DE 45 AÑOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Comunicado de BPS
La Ley N.° 19.973 de promoción del empleo crea un subsidio para las empresas que contraten jóvenes de entre 15 y 29 años, trabajadores mayores de 45 años o personas con discapacidad.
El importe del subsidio por cada trabajador contratado varía en función del grupo social del be – neficiario. Asimismo, el importe total no podrá superar el equivalente al 100 % de las obligaciones corrientes calculadas sobre la nómina del mes de cargo y tendrá una duración de un máximo de 12 meses, salvo las excepciones que determine el MTSS.
Podrán acceder al subsidio las empresas que no hayan enviado al seguro de paro a trabajadores de la misma categoría laboral que los que se contratarán en los 90 días previos ni durante la duración del subsidio y que no cuenten con deuda en el BPS, MTSS o la DGI. Cada empresa podrá contratar hasta el 20 % de su plantilla laboral por cada grupo social beneficiario.
ELECCIONES DE DIRECTORES SOCIALES DEL BPS: PADRONES Y REGLAMENTOS
La Corte Electoral publicó los padrones y reglamentos para la elección de los representantes sociales en el Directorio del BPS.
Cuando se vota?
• 28/11/2021
Quienes votan?
• Trabajadores,
• Jubilados y Pensionistas,
• Titulares y/o Representantes de Empresas Contribuyentes.
Es obligatorio?
• Si, es obligatorio, en caso de no votar se deberá pagar una multa
Donde consulto si estoy habilitado para votar?
• En la página web de la Corte Electoral,
• https://www.corteelectoral.gub.uy/elecciones-bps-2021
Quienes están no están obligados a votar?
• Caso Trabajadores y Jubilados y/o Pensionistas: a los afiliados con setenta y cinco años de edad cumplidos a la fecha de la elección y a los que, cualquiera fuere su edad, fueren titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el Banco de Previsión Social.
• Caso Empresas Contribuyentes: A los titulares con setenta y cinco años de edad cumplidos al día de la elección y a los que, cualquiera fuere su edad, fueren titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el Banco de Previsión Social.
Los planes circuitales, que incluyen lugares de votación y circuitos correspondientes, serán publicados por la Corte Electoral en la segunda quincena de noviembre.
Por mas información comunícate con CCIFA.
LOS CONTRIBUYENTES DEL IRAE CUANDO REALIZAN COMPRAS A LOS SUJETOS INCLUIDOS EN EL RÉGIMEN DE PEQUEÑAS EMPRESAS, ¿PUEDEN CONSIDERAR DICHOS COSTOS COMO GASTO DEDUCIBLE A EFECTOS DE LA LIQUIDACIÓN DEL IRAE?
Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2021, las compras que realicen los contribuyentes del IRAE a los sujetos comprendidos en el régimen de “Pequeña Empresa”, serán gasto deducible siempre que las operaciones se documenten mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos, y los pagos se efectúen a través de transferencias electrónicas entre cuentas de instituciones de intermediación financiera comprendidas en el Decreto-Ley Nº 15.322, perte – necientes al comprador y vendedor. Se consideran transferencias electrónicas, las realizadas a través de cualquier medio de pago, siempre que se genere un débito y un crédito recíproco entre las cuentas bancarias del comprador y del vendedor.
NUEVA MODALIDAD DE PAGO DE TIMBRES PROFESIONALES EN DGI PARA PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS
La autorización previa del pago se realiza por única vez a través de la web del BROU. Pronto ampliaremos esta nueva modalidad a más instituciones bancarias y al pago de otros ser vicios de DGI.
A través de la Billetera electrónica del BROU se podrá autorizar en forma previa a DGI a debitar el costo de los timbres en la cuenta bancaria, evitando la necesidad de hacerlo al momento de presentar una declaración jurada o de realizar un trámite que lo requiera. Cómo realizar la autorización previa en eBROU.
La autorización previa se realiza a través de la Billetera electrónica en eBROU ingresando en el menú superior “Consultar -> Multipagos -> Billeteras electrónicas -> Agregar”, seleccionando DGI e ingresando los datos requeridos:
Este servicio de pago del timbre profesional se suma al ya existente Contrato de adhesión de ser vicios Web, en el que el débito se realiza a través de una cuenta de Antel. Al momento de enviar una declaración jurada vía web, se verifica la adhesión a uno de estos sistemas y se debita posteriormente el valor del timbre en el medio de pago que corresponda.
Esta nueva modalidad de pago pre-autorizado permitirá incorporar próximamente el pago de más ser vicios de DGI, así como la adhesión de más instituciones bancarias al sistema.
CRÉDITO SUBSIDIADO COVID-19 SECTORES MÁS AFECTADOS: TURISMO, SALONES DE EVENTOS Y GIMNASIOS
Préstamos para capital de inversión y capital de trabajo para las empresas del sector Turismo, los salones de eventos y gimnasios fueron de los sectores más afectados por la pandemia.
En mejores condiciones que las del mercado con las siguientes características:
• Plazos de pago mayores
• Tasas de interés menores
• Período de gracia prolongado
*Quedan comprendidas dentro del sector Turismo, aquellas mipymes del rubro gastronómico que hayan sido afectadas por las restricciones sanitarias. **Gracia sobre capital: los primeros meses abonará una cuota menor, pagando sólo lo correspondiente a interés.
Monto máximo a otorgar:
• UYU 200.000 para capital de trabajo
• UI 150.000 | USD 15.000 para capital de trabajo e inversión
El plazo para acceder es hasta el 31/12/2021.
Se puede solicitar a través de las Instituciones de Microfinanzas adheridas.
DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE TENER A LA VISTA ANTE LAS INSPECCIONES DE BPS – DGI – MTSS
• Planilla Unificada de Trabajo actualizada
• Recibos de sueldos firmados acompañados de los comprobantes de depósitos bancarios
• Comunicados de licencias del personal
• Libro de MTSS
• Ultimo recibo de BPS pago
• Póliza de BSE vigente
• Talonarios de boletas vigentes; contado, crédito, remitos, contingencia
• Personal dado de alta en tiempo y forma